El lunes ha sido una auténtica pesadilla para muchos españoles. Y, una vez se vuelve a la normalidad, llega el momento de comenzar a pensar en lo que ha ocurrido y en si existe alguna posibilidad de que tengamos derecho a una indemnización. Porque, sin duda, seguro que el apagón ha afectado a tu vida de una u otra manera, ya sea en el trabajo o en el tiempo en el que estabas en casa.
Aunque durante el apagón la preocupación era otra y, sobre todo, se esperaba a saber si se trataría de un problema a corto o largo plazo, ahora no hay que olvidar otros aspectos relevantes. Para muchas personas, pensar en una posible indemnización es algo fundamental a la hora de dejar atrás lo ocurrido y de volver a la normalidad. Dicho esto, te podemos avanzar que sí, que como consumidor, tienes derecho a reclamar e incluso a recibir indemnización. No obstante, hay distintos factores a tener en cuenta que debes conocer.
Responsabilidades
Según lo estipulado por la ley, los proveedores de electricidad están comprometidos a proporcionar energía de forma constante a sus clientes. En este sentido, solo hay unos casos en los que podría no ser así y te podemos decir que, en esta situación que se ha dado hoy, ninguno se cumple, al menos aparentemente. El primero de los casos es cuando se haya anunciado con anterioridad que habrá un corte en el suministro y, como cliente, ya estuvieras avisado. Además, los avisos a los clientes se tienen que dar con un margen de 24 horas antes. Y solicitar el corte programado tampoco es tan fácil, puesto que los proveedores tienen que pasar una serie de procesos de aprobación.
El segundo de los casos posibles es si se trata de cortes que resulten razonables. Esto último tampoco se cumpliría, puesto que un corte razonable encajaría mejor en distintas intervenciones que se deban hacer por fuerza mayor y que tengan una duración inferior.
Por otro lado, tampoco está de más saber que los proveedores de eléctricas ya deben considerar que un corte de más de tres minutos es una interrupción del servicio. Además, es importante saber que hay unos máximos en los que se puede cortar el servicio cada año. Para los ciudadanos que viven en zonas urbanas que tengan una contratación de entre 1 y 36 KV, el límite se encuentra en 3 horas y media de cortes al año y en siete interrupciones. Teniendo todo esto en cuenta, ya estarás en una mejor posición de saber si podrías llegar a recibir algún tipo de indemnización, aunque, por lo habitual, no siempre es fácil llegar a obtener resultados favorables. Y, en cualquier caso, recuerda que cualquier devolución se aplicará directanente a modo de descuento sobre la factura.